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¿Cómo puedo tramitar mi baja médica?
¿Cómo puedo tramitar mi baja médica?

Te cuento paso a paso cómo puedes tramitar tu baja

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Escrito por Verónica Santos
Actualizado hace más de una semana

Esperamos que no necesites nunca esta información o si la necesitas que sea por una baja por maternidad o paternidad. Igualmente, te cuento paso a paso qué tendrías que hacer para solicitar tu baja por incapacidad temporal.

¿Qué es una baja por incapacidad temporal?

Una baja por incapacidad es cuando un médico determina que no puedes ejercer una determinada actividad durante un periodo de tiempo concreto, es decir, temporal. Si fuera para siempre estaríamos hablando de otro tipo de incapacidades. Este tipo de baja puede conllevar el cobro de una prestación, que de acuerdo con la normativa sería "un subsidio diario que cubre la pérdida de rentas mientras el trabajador está imposibilidad temporalmente para trabajar y recibe asistencia sanitaria de la Seguridad Social".

El médico decidirá si puedes o no trabajar, pero dependerá del cumplimiento de algunos requisitos el cobro de una prestación durante el tiempo de baja.

Tipos de incapacidad e importes a cobrar

Dependiendo del tipo de incapacidad se cobrará desde el día de la baja o a partir del cuarto, así como un importe diferente:

  • Por accidente de trabajo o enfermedad profesional cobrarás el subsidio desde el siguiente día al de la baja. El importe de la baja será del 75% desde el día siguiente de la baja.

  • Por enfermedad común o accidente no laboral cobrarás el subsidio desde el 4º día de la baja. El importe de la baja será del 60% de tu base reguladora desde el cuarto al vigésimo día de la baja y el 75% a partir del vigésimo primero.

Comentar que a pesar de estar de baja, generalmente deberás seguir cotizando como autónomo.

¿Tengo derecho a prestación?

Por lo general sí siempre que cumplas estos requisitos:

  • Estar dado de alta en el Régimen Especial de trabajadores Autónomos.

  • No tener deudas con Seguridad Social, es decir, estar al día con tus pagos. Si por cualquier motivo no lo estuvieras y tu baja es por enfermedad común tienes un plazo de 30 días para efectuar todos los pagos. En caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional no sería necesario.

  • En caso de enfermedad común se exige tener cubierto un período de cotización de 180 días en los 5 años anteriores. En caso de accidentes a nivel general y de enfermedades profesionales no será necesario haber cotizado un mínimo.

¿Qué documentación tengo que presentar?

Por lo general tendrás que presentar la siguiente documentación ante tu mutua:

  • Modelo de solicitud de pago directo para la prestación de incapacidad temporal de los trabajadores por cuenta propia.

  • Una fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI o NIE).

  • En caso de tratarse de una baja por contingencias comunes, es necesario una fotocopia del parte médico de baja, el último parte de confirmación y, en su caso, el alta médica.

  • Modelo 145 IRPF Retenciones sobre rendimientos del trabajo cumplimentado y firmado por el interesado (art. 82 del reglamento del IRPF).

  • Fotocopia del último boletín de cotización.

  • Modelo Declaración de actividad.

  • En caso de acreditar deuda, es necesario entregar el certificado de situación de abono de cuotas y la solicitud o copia del acuerdo de aplazamiento de las mismas. Esta documentación se debe solicitar en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

El plazo de presentación de esta documentación es de 15 días hábiles desde la fecha de la baja, y se tendrá que presentar en cualquier centro asistencial de la Mutua.

¿Qué pasos debo seguir para tramitar mi baja médica?

  • Lo primero sería acudir a tu médico para que evalúe tu estado de salud y realice las pruebas pertinentes. Si tu doctor te indica que tu dolencia necesitará unos días de reposo o tratamiento, tramitará tu baja médica.

  • Una vez dispongas del documento de baja, para solicitar el cobro de la prestación tendrás que reunir la documentación que te he comentado en el apartado anterior y hacérsela llegar a tu mutua (o en INSS).

  • Si no estás muy seguro de cuál es tu mutua o a quién debes dirigirte, te recomiendo buscar tu resolución de alta en Seguridad Social. En ese documento podrás ver cuál es la entidad que se encargará de gestionar tu incapacidad temporal.


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