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¿Qué son los gastos de defensa jurídica?
¿Qué son los gastos de defensa jurídica?

Entiende el funcionamiento de los gatos de defensa jurídica en la Renta.

Jordi Ortega avatar
Escrito por Jordi Ortega
Actualizado hace más de 7 meses

Los gastos de defensa jurídica son los costes asociados a la contratación de abogados, procuradores, peritos y otros profesionales para defender tus derechos e intereses en un procedimiento judicial o administrativo.

En España, estos gastos pueden ser deducibles en la declaración de la renta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en determinadas circunstancias.

Requisitos de la deducción

La deducción de los gastos de defensa jurídica está sujeta a una serie de requisitos:

  • El procedimiento debe estar relacionado con la obtención de rentas: los gastos no pueden deducirse si el procedimiento se refiere a asuntos personales no relacionados con tu actividad económica o con la gestión de tu patrimonio.

  • El procedimiento debe haberse resuelto a tu favor o con una reducción de la pretensión inicial: no se pueden deducir los gastos si pierdes el procedimiento o si la resolución final no te beneficia.

  • Los gastos deben estar debidamente documentados: debes conservar las facturas, recibos y los documentos que acrediten el pago de estos gastos.

Limitaciones

Existe el límite general de deducción de 300 euros anuales para todos los gastos de defensa jurídica.

Sin embargo, algunas comunidades autónomas establecen límites adicionales o deducciones específicas para determinados tipos de procedimientos.

Deducción de los gastos

Para deducirte los gastos de defensa jurídica debes incluir el importe de los gastos en la casilla correspondiente y, si es necesario, presentar la documentación justificativa junto con la declaración.

  • Los casos específicos de deducción son:

    • Autónomos: puedes deducirte los gastos de defensa jurídica relacionados con la actividad económica, como reclamaciones a clientes o proveedores, procedimientos administrativos o recursos contencioso-administrativos.

    • Trabajadores: pueden deducirse los gastos relacionados con procedimientos laborales, como despidos, reclamaciones de cantidad o impugnación de sanciones.

    • Inversiones: pueden deducir los gastos relacionados con la gestión de sus inversiones, como reclamaciones a entidades financieras o procedimientos de arbitraje.

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