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Deducción por cantidades destinadas a abonos culturales
Deducción por cantidades destinadas a abonos culturales

Los detalles de deducirte en la Renta los pagos a abonos culturales.

Jordi Ortega avatar
Escrito por Jordi Ortega
Actualizado hace más de 8 meses

La cuantía de la deducción es el 21 % de las cantidades satisfechas por la adquisición de abonos culturales de empresas o instituciones adheridas al convenio específico suscrito con Culturarts Generalitat sobre el Abono Cultural Valenciano.

Requisitos para la aplicación de la deducción

  • La deducción solo podrán aplicarla los contribuyentes con rentas inferiores a 50.000 euros.

    A estos efectos, se entenderá por rentas del contribuyente que adquiera los abonos culturales, la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro, casillas [0500] y [0510] de la declaración.

  • La base máxima de la deducción será de 165 euros por periodo impositivo.

  • Además, la aplicación de la deducción queda condicionada a que la entrega de los importes dinerarios derivada del acto o negocio jurídico que dé derecho a su aplicación se realice mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito.

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