Ir al contenido principal
Todas las coleccionesRenta 2023DeduccionesDeducciones Comunitat Valenciana
Deducción por las ayudas públicas concedidas por la Generalitat en virtud del Decreto Ley 3/2020, de 10 de abril, a trabajadores afectados por un ERTE y reducido la jornada laboral por conciliación familiar por el estado de alarma de la Covid-19
Deducción por las ayudas públicas concedidas por la Generalitat en virtud del Decreto Ley 3/2020, de 10 de abril, a trabajadores afectados por un ERTE y reducido la jornada laboral por conciliación familiar por el estado de alarma de la Covid-19

Información de la deducción por las ayudas públicas concedidas por la Generalitat en virtud del Decreto Ley 3/2020, de 10 de abril.

Jordi Ortega avatar
Escrito por Jordi Ortega
Actualizado hace más de 7 meses

El importe de dicha deducción será el resultado de aplicar el tipo medio de gravamen general autonómico sobre la cuantía de las cantidades procedentes de las ayudas públicas concedidas.

La deducción se podrá aplicar por los contribuyentes que hubieran obtenido las ayudas públicas concedidas por la Generalitat en virtud del Decreto ley 3/2020, de 10 de abril, de adopción de medidas urgentes para establecer ayudas económicas a los trabajadores y las trabajadoras afectados por un ERTE, y a los que han reducido la jornada laboral por conciliación familiar con motivo de la declaración del estado de alarma por la crisis sanitaria provocada por la Covid-19 que hayan sido integradas en la base imponible del contribuyente.

¿Ha quedado contestada tu pregunta?