En Abaq queremos que la presentación y pago de tus impuestos sea lo más sencilla posible. Por eso, te explicamos los métodos de pago disponibles, los plazos clave y cómo gestionamos el proceso desde nuestra plataforma.
1. Métodos de pago disponibles
En Abaq puedes presentar tus impuestos a través de tres vías:
Domiciliación bancaria (opción por defecto en Abaq)
Pago mediante NRC (Número de Referencia Completo)
Solicitud de aplazamiento
⚠️ Importante:
Si eliges domiciliación bancaria, no es necesario avisarnos: es el método que aplicamos por defecto.
Si prefieres NRC o aplazamiento, deberás comunicarlo a tu gestor antes del día 14, ya que a partir de esa fecha los impuestos comienzan a presentarse, independientemente de la fecha de vencimiento.
2. Proceso en Abaq (aplicable a todos los métodos de pago)
Subida de documentos a la app: hasta el día 5 del mes siguiente al cierre del trimestre.
Revisión de los gestores: hasta el día 10.
Presentación de impuestos: a partir del día 14.
3. Pago por domiciliación bancaria
La domiciliación bancaria es el método más cómodo y automático.
Plazos para domiciliar según trimestre:
Hacienda permite la domiciliación hasta el día 15 del mes de vencimiento (día 20 para el último trimestre del ejercicio).Cargo en cuenta:
Hacienda realiza el cargo el día 20 (o siguiente hábil) (día 30 para el último trimestre del ejercicio).Cuenta bancaria configurada:
El cargo se realizará en la cuenta indicada en tu perfil de Abaq.
Si necesitas modificar la cuenta, contacta con tu gestor a través del chat de la app.
4. Pago mediante NRC
El pago mediante NRC es una alternativa cuando no se desea domiciliar el impuesto.
Plazo máximo de presentación: hasta el día 20 del mes de vencimiento (o siguiente hábil).
Cómo funciona en Abaq:
Si deseas elegir este método, deberás cambiar el método de pago del modelo correspondiente en la app siguiendo estas instrucciones.
Además, deberás contactar con tu gestor a través del chat, te facilitaremos las instrucciones y coordinaremos la presentación.
Una vez preparada la liquidación, tu gestor te pedirá el NRC (Número de Referencia Completo), que deberás obtener en tu banco.
Recuerda: sin el NRC no es posible presentar el impuesto.
5. Solicitud de aplazamiento
Si prefieres aplazar el pago, también puedes solicitarlo.
Plazo máximo de presentación: hasta el día 20 del mes de vencimiento (o siguiente hábil).
Funcionamiento en Abaq:
Por defecto, solicitamos aplazamientos a 6 meses con pagos mensuales, con fecha del primer pago a 2 meses vista.
Hacienda aplicará un pequeño interés, que puedes calcular en su calculadora de intereses.
Limitaciones:
Hay modelos que no se pueden aplazar, como el 111 (retenciones de trabajadores y profesionales) y el 115 (retenciones de alquileres). Estos deberán abonarse mediante domiciliación bancaria o NRC.Pago anticipado:
Una vez reconocida la deuda (recibirás una notificación), podrás liquidarla en cualquier momento desde la Sede Electrónica de la AEAT.
6. ¿Qué ocurre si hay un impago?
Es fundamental evitar impagos, ya que Hacienda aplica recargos:
5% si pagas antes de recibir notificación.
10% si pagas tras la notificación inicial.
20% si se prolonga en el tiempo (con posibilidad de reducción).
En caso de que tu cuenta no tenga fondos en la fecha de cargo, te recomendamos contactar con tu gestor lo antes posible para solucionarlo y evitar recargos innecesarios.
✅ En resumen: en Abaq te presentamos los impuestos por domiciliación bancaria por defecto. Solo si prefieres pagar mediante NRC o aplazamiento, deberás comunicarlo a tu gestor antes del día 14.
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