La aplicación de la deducción tiene lugar:
515,50 euros por cada ascendiente mayor de 65 años o con discapacidad igual o superior al 33 % por el que puedan aplicarse el mínimo por ascendientes.
Cuando el ascendiente genere el derecho a la deducción para más de un contribuyente simultáneamente, el importe de la misma se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos, si tributaran de forma individual.