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Deducción por donaciones a entidades del tercer sector

Aprende los detalles para deducirte las donaciones a entidades pertenecientes al tercer sector.

Escrito por Jordi Ortega

Cuantía y requisitos para la aplicación de la deducción

  • El 25 % del importe de las donaciones dinerarias que se hagan durante el periodo impositivo, a entidades sin ánimo de lucro a las que se refiere la Ley 3/2018, de 29 de mayo, del tercer sector de acción social que cumplan los siguientes requisitos:
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    • Las entidades han de estar inscritas en el registro correspondiente de la Consejería de Familias y Asuntos Sociales.
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    • Las entidades han de cumplir los requisitos de los artículos 2 y 3 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, o estén parcialmente exentas del Impuesto sobre Sociedades de acuerdo con el artículo 9.3 de la LIS. Respecto a la LIS véase la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
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  • La efectividad de la donación se ha de acreditar mediante la expedición, por parte de la entidad beneficiaria, del correspondiente certificado.
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Base máxima de la deducción

La base máxima de la deducción es de 165 euros anuales.

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