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Deducción por nacimiento o adopción de un hijo

Las cuantías de deducción por el nacimiento, la adopción o el acogimiento familiar.

Escrito por Abaq
Actualizado hoy

Por el nacimiento o adopción de un hijo, o por el acogimiento familiar de una persona menor de edad, durante el período impositivo, las cuantías de deducción son:

  • 150 euros en la declaración individual de cada uno de los progenitores.

  • 300 euros en caso de declaración conjunta de ambos progenitores.

  • 300 euros en caso de declaración del progenitor o progenitora de una familia monoparental.

En los supuestos de acogimiento familiar, este debe haberse acordado de conformidad con la Ley 14/2010, de 27 de mayo, de los derechos y las oportunidades en la infancia y la adolescencia.

La deducción por adopción es incompatible con la aplicación de la deducción por acogimiento familiar respecto de un mismo hijo para un mismo contribuyente.

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