Una vivienda afecta a la actividad económica es aquella parte de la residencia del contribuyente que se utiliza de manera regular y exclusiva para el desarrollo de una actividad económica o profesional. Este uso debe estar claramente delimitado y justificado para considerarse como tal ante la Agencia Tributaria.
Criterios para Considerar una Vivienda como Afecta a la Actividad Económica
Uso Exclusivo: El espacio utilizado como parte de la vivienda debe destinarse exclusivamente a la actividad económica, sin mezclarse con el uso residencial habitual del resto de la vivienda.
Permanencia: El uso del espacio para la actividad debe ser continuo, no ocasional. Debe servir como lugar donde se lleva a cabo la gestión y administración de la actividad.
Proporcionalidad: Solo la parte de la vivienda que se utiliza para la actividad puede considerarse afecta. Es importante calcular esta proporción adecuadamente para la correcta aplicación de deducciones fiscales.
Implicaciones Fiscales
Deducciones de Gastos: Los autónomos pueden deducir los gastos de la parte de la vivienda afecta a la actividad económica, incluyendo parte del alquiler, hipoteca, suministros como agua, electricidad, internet, y gastos de mantenimiento, proporcionalmente al espacio y tiempo de uso afecto.
IVA: También es posible deducir el IVA de los gastos relacionados con la parte de la vivienda destinada a la actividad, siempre que estos gastos sean deducibles y la actividad lo permita.
Documentación y Justificación
Es vital mantener documentación que justifique el porcentaje de la vivienda afecta y los gastos deducibles. Esto incluye contratos, facturas y cualquier registro que demuestre el uso exclusivo y continuo del espacio para la actividad económica.